Los psicólogos podrán comunicar información obtenida del consultante sin incurrir en la violación del derecho profesional cuando así lo exija el bien de éste debido a que por su estado pueda causar daño a sí mismo o a otro.. Lo mismo aplica cuando se trata de evitar la comisión de un delito o prevenir daños que pudieran derivar del mismo y cuando el psicólogo debe defendeser de denuncias que le haga el consultante.
De todas formas, la información que se comunique debe ser sólo la necesaria y a personas competentes y capaces de preservar la confidencialidad dentro de límites deseables.
Bibliografía:
De todas formas, la información que se comunique debe ser sólo la necesaria y a personas competentes y capaces de preservar la confidencialidad dentro de límites deseables.
Bibliografía:
- Código de ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina (Fe.P.R.A.) Aprobado por la Asamblea del 10/4/1999
1 comentario:
desde el gabinete de psicologos valencia estamos de acuerdo con esta medida, ya que en ocasiones se presentan casos que requieren la intervención de la autoridad
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