La ley 26.529 promulgada el 19/11/2009 (sancionada por el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina) regula los derechos del paciente, su historia clínica y el consentimiento informado. En relación a los derechos del paciente menciona los siguientes:
- Asistencia: el paciente tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud, sin menoscabo y distinción alguna. El profesional sólo podrá eximirse del deber de asistencia, cuando se hubiere hecho cargo del paciente otro profesional competente;
- Trato digno y respetuoso.
- Resguardo de la intimidad.
- Confidencialidad.
- Autonomía de la voluntad: el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad.
- Recibir la información sanitaria necesaria.
- Interconsulta: el paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria por escrito, a fin de obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.
Bibliografía:
- Ley 26.529. Capítulo I. Artículo 2.
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