jueves, 10 de enero de 2013

Consentimiento informado

Una de las normas deontológicas del psicólogo es el consentimiento informado de los sujetos. Esta norma da sustento al principio de autonomía de las personas.
Este consentimiento debe ser voluntario y es válido si la persona que lo da tiene capacidad para comprender los alcances de su acto. Para poder decidir, el sujeto  deben tener información suficiente sobre la práctica de la que participará, su naturaleza, duración, objetivos, métodos, alternativas y riesgos. El sujeto puede retirar el consentimiento si considera que hay razones para hacerlo.
El psicólogo debe evaluar las condiciones del sujeto y si no se encuentra legal, intelectual o emocionalmente en condiciones de decidir, debe buscar el consentimiento de los responsables legales.
Bibliografía:
  • Código de ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina (Fe.P.R.A.) Aprobado por la Asamblea del 10/4/1999

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